Un juez dice que una infracción en ‘bici’ no puede restar puntos del carné

El Juzgado Contencioso- administrativo número 17 de Barcelona ha obligado a la Dirección General de Tráfico (DGT) a no retirar cuatro puntos del carné de conducir a un ciclista que cometió una infracción. El juez considera «absurdo» retirar puntos por la conducción de una bicicleta, que no requiere licencia alguna.

BARCELONA, 19 Feb. (EUROPA PRESS) – 

El Juzgado Contencioso- administrativo número 17 de Barcelona ha obligado a la Dirección General de Tráfico (DGT) a no retirar cuatro puntos del carné de conducir a un ciclista que cometió una infracción. El juez considera «absurdo» retirar puntos por la conducción de una bicicleta, que no requiere licencia alguna.

El 22 de febrero de 2009 la Guardia Urbana sancionó con 300 euros y la retirada de cuatro puntos del permiso de conducir a un ciclista que se saltó un semáforo con su bicicleta. Éste decidió impugnar la multa alegando que «nada permite retirar puntos si se conduce en bicicleta», según informó este viernes El Periódico de Catalunya.

En la sentencia, que podría sentar un precedente, el juez, en una interpretación «lógica» de la ley, considera que solo se puede retirar puntos al titular de un permiso de conducir, y que la pérdida de puntos «solo puede afectar a quién cometa la infracción utilizando un vehículo que requiera licencia».

De lo contrario, explica, podría producirse una situación «absurda», llegando a retirarse puntos inexistentes, en el caso de que, por ejemplo, el ciclista en cuestión no tuviera permiso de conducir. Sin embargo, el juez ha decidido mantener la multa de 300 euros.