Los vehículos de movilidad personal (VMP, patinetes y bicicletas eléctricas, con velocidad máxima entre 6 y 25 km/h), están regulados por distintas legislaciones y reglamentos que establecen los mínimos exigibles para permitir su circulación:
- Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Vehículos
- Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, por la que se aprueba el Manual de características de los vehículos de movilidad personal
Este es un resumen de la normativa referente a cada patinete o bicicleta eléctrica, y a su conducción:
- EQUIPAMIENTO:
- Debe tener dos frenos independientes para cada rueda,
- luz delantera (blanca) y trasera (roja),
- elementos reflectantes delante (blanco), detrás (rojo) y en las ruedas (blanco o amarillo auto),
- luz de freno diferenciada o combinada con la trasera,
- avisador sonoro, es decir, timbre,
- pantalla que muestre la información referente a velocidad y carga,
- una placa de identificación de 104×30 mm que indique velocidad máxima, número de serie, número de certificado, año de construcción, marca y modelo,
- obligatorio llevar casco y ropa reflectante, aunque esto depende de la localidad.
- CIRCULACIÓN:
- Tienen prohibido ir por las aceras, zonas peatonales, autopistas, autovías, vías interurbanas y túneles.
- La velocidad máxima que pueden desarrollar es de 25 km/h.
- Solo puede ir una persona.
- No puede llevarse auriculares, ni hacer uso del móvil u otros dispositivos mientras se conduce.
- Los conductores están sometidos a las mismas tasas de alcohol y drogas que si estuviesen conduciendo un coche o una moto.
- A partir del 22 de enero de 2024 todos los VMP deberán tener un certificado de circulación que certifique que cumplen la norma. Los que no lo tengan, no podrán circular a partir del 22 de enero de 2027.
El incumplimiento de la normativa puede acarrear multas:
- 100 € por ir dos personas en patinete,
- 200 € por ir por aceras y zonas peatonales,
- 200 € por ir sin alumbrado o elementos reflectantes de noche o en situaciones de escasa visibilidad
- 200 € por ir con auriculares,
- 200 € por uso de teléfono móvil,
- 500 € por haber consumido alcohol,
- 1000 € por haber consumido drogas.
Las infracciones cometidas por menores de edad serán atendidas por sus padres, tutores o acogedores y guardadores legales o de hecho.